
A partir del 1 de enero de 2026, las empresas del sector seguros se verán obligadas, por convenio colectivo, a implantar un sistema de previsión social empresarial mediante seguro colectivo de aportación definida, destinado a complementar las prestaciones públicas de jubilación, incapacidad y fallecimiento de sus empleados. La medida se encuadra en la tendencia europea de fomento de la previsión social complementaria frente a los retos demográficos y de sostenibilidad de los sistemas públicos.















