Artículo jurídico: Un pacto de confidencialidad no da derecho por sí a la empresa a controlar los dispositivos informáticos del trabajador sin previo aviso.
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia recientemente ha desestimado el recurso de suplicación que interpuso una empresa de seguridad, declarando la improcedencia del despido, siendo de interés la disertación que efectúa el tribunal respecto de la ilicitud de la prueba obtenida por la empresa a través de la vigilancia de los sistemas informáticos que usaba el trabajador.