Aemes pone a disposición de sus asociados un servicio de elaboración y gestión de nóminas a un precio muy reducido.
¿Qué empresas pueden beneficiarse de este servicio?
Para poder beneficiarse del servicio de elaboración de nóminas de AEMES es necesario cumplir los siguientes requisitos:
1. Ser asociado de AEMES
2. Estar al corriente de pago de la cuota de asociado
3. Tener entre 1 y 6 empleados en la empresa
¿Qué soluciones legales me aporta este servicio?
Además de la correcta elaboración de las nóminas de los empleados acorde al convenio y a la clasificación profesional de cada trabajador, aporta respuesta a las siguientes OBLIGACIONES LEGALES:
Art. 34.9 ET: respecto al registro de jornada. Como sabéis, es obligatorio realizar un registro diario de la jornada de todos los trabajadores de nuestra empresa, que deberá contener el horario de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora.
Art. 28 ET y 5 y 6 RD 902/2020: sobre el registro salarial obligatorio. Todas las empresas, independientemente de su tamaño y del número de empleados, deberán llevar un registro retributivo, que será necesario desglosar por sexo la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido por cada uno de los conceptos en cada grupo profesional, categoría profesional, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.
Si estoy interesado en este servicio, ¿Qué tengo que hacer?
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