La edición número 259 del Boletín Oficial del Estado, con fecha de hoy, martes 29 de octubre, incluye la Resolución de 22 de octubre de 2013, de la Dirección general de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publica la actualización prevista en el apartado 2 de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.
De acuerdo a la referida Disposición Transitoria Tercera de la Ley 26/2006 (apartado segundo), las cuantías de los apartados a) y b) del apartado primero serán sometidas a revisión desde enero de 2008 y cada cinco (5) años desde esa fecha, a fin de tener en cuenta la evolución del índice de precios de consumo, publicado por Eurostat.
En virtud de lo dispuesto en la Ley, los importes actualizados son los siguientes. En primer lugar, se establece un seguro de responsabilidad civil profesional de al menos 1.250.618 euros por siniestro y de 1.875.927 euros para todos los siniestros correspondientes a un determinado año. En segundo lugar, la capacidad financiera de los mediadores de seguros no podrá ser inferior a 18.760 euros, de acuerdo a lo referido en los artículos 21.3.g) y 27.1.f) de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.
Estas modificaciones tienen su origen en el marco del Comité Europeo de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPC), en tanto el pasado 5 de junio de 2013 la Comisión Europea solicitó la valoración de los Estados miembros sobre la actualización de las cuantías expresadas en los párrafos 3 y 4.b) del artículo 4 de la Directiva 2002/92/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de diciembre de 2002, sobre la mediación en seguros.