AEMES, Patronal del Sector de Mediación de Seguros Privados, recomienda no cotizar por las primas de seguro que exteriorizan el Premio de Jubilación. Esa es la conclusión alcanzada por la Patronal tras analizar la publicación del Real Decreto 637/2014, de 25 de julio, por el que se modifica el artículo 23 del Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre.
Por medio de una Circular informativa dirigida a sus Asociados, AEMES explica con detalle el desarrollo reglamentario de la nueva base de cotizaciones a la Seguridad Social, introducida el pasado mes de diciembre a través del Real Decreto-Ley 16/2013. Tan solo unos días después de la consulta realizada a la Seguridad Social, la Patronal se mantiene firme en su criterio de no cotizar por las primas de seguro que cubren el Premio de Jubilación, en cumplimiento de la obligación legal de exteriorización que existe sobre este concepto.
Aun cuando AEMES se encuentra a la espera de recibir una respuesta por parte de la Subdirección de Gestión Recaudatoria en atención a la misma consulta, la interpretación recogida de la Seguridad Social es que las primas abonadas por la empresa no deberán incluirse en la base de cotizaciones, caso contrario a la prestación que finalmente reciba el trabajador, en caso de cumplir con los requisitos establecidos en el Convenio.
Además, este Real Decreto amplía nuevamente el plazo para la liquidación e ingreso de los nuevos conceptos e importes computables en la base de cotización, los cuales podrán ser objeto de liquidación complementaria e ingreso, sin aplicación de recargo o interés alguno, hasta el 30 de septiembre de 2014. Un plazo que la Patronal empleará en consolidar el criterio ofrecido sobre los Premios de Jubilación, en beneficio de los empresarios de la mediación.